lunes, 29 de abril de 2013

La Presunción Kafkiana



Alguien debía haber calumniado a Josef K., porque, sin haber hecho nada malo, fue detenido una mañana. De esta forma comienza la novela "El Proceso" (Der Prozess), de Franz Kafka.

photo credit: Underpuppy via photopin cc 

En esta novela se narra el tormento del gerente bancario Josef K., el cual tras ser detenido, es sometido a un angustioso proceso judicial carente de cualquier tipo de garantía que le permita defenderse de forma justa.
Un procedimiento judicial que anulará su vida por completo, ya que nunca llegará a saber de que se le acusa, quien le acusa, y por qué se le acusa.
Nuestro protagonista se ve inmerso en un procedimiento tortuoso; obligado a declarar en dependencias judiciales insalubres, ante personas y funcionarios  excéntricos,  y siempre bajo la amenaza de la gravedad de su caso.
La novela muestra en múltiples ocasiones situaciones angustiosas, complicadas, y a la misma vez absurdas por las que tiene que pasar el protagonista; de ahí la famosa expresión “situación kafkiana”.

Por suerte en nuestra sociedad, la justicia, o más bien en nuestro sistema judicial, (y en concreto en el orden jurisdiccional penal) el detenido o imputado goza de múltiples garantías y derechos que le permiten defenderse y evitar determinadas injusticias, o situaciones arbitrarias; con ciertas salvedades claro está, pues el sistema no es perfecto.

A diferencia de lo que le sucedió a Josef K., cualquier persona detenida o imputada por alguna infracción penal en nuestro país tiene derecho, entre otras cosas, a saber por qué está detenida y los hechos que se le imputan, a la asistencia de letrado, a un juicio con todas las garantías y a la presunción de inocencia.
Es esta última garantía, la de la presunción de inocencia, la que en muchas ocasiones olvidan ciertos medios de comunicación.

¿Quién no ha visto alguna vez la típica noticia en la que se afirma que el detenido o imputado es un presunto homicida, o un presunto agresor?
Lo correcto sería hablar de imputado,  y no de presunto criminal, o presunto delincuente; pues de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos "Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa."



photo credit: mira66 via photopin cc 



Un claro ejemplo de esto fue un caso que se dio en Tenerife, en el que tras el fallecimiento de una niña de 3 años, se señaló al compañero sentimental de la madre como presunto agresor, violador, y asesino de la menor.
Durante su detención, este hombre fue insultado y linchado socialmente; muchos medios de comunicación llevaron a cabo una autentica sangría contra su persona, y al final, el que se supone que era el presunto agresor, el presunto violador y el presunto asesino, quedó en libertad sin cargos; en pocas palabras, se demostró que era inocente.

¿Dónde estaba toda esa gente que le gritaba e insultaba mientras lo llevaban detenido?
De ellos dijo que no recibió disculpa alguna, no obstante sí por parte de los medios de comunicación que se habían ensañado contra él, ya que habían dejado huella de la injusta presunción, y por lo tanto se vieron obligados a “reparar” públicamente el daño provocado.
Este es un claro ejemplo que nos demuestra que debemos ser prudentes cuando hablamos o señalamos a alguien, y que evidentemente la presunción es la de inocencia y no la de culpabilidad.

A todo esto, no olvidéis "El Proceso", es una novela muy recomendable.




domingo, 28 de abril de 2013

Prometer el oro y el moro

Decía don Francisco de Quevedo que "nadie ofrece tanto como el que no va a cumplir", sin embargo a veces, puede darse el caso en el que la persona que efectúa sus promesas tenga la convicción de que llegará a cumplirlas, pero por causas ajenas a su voluntad acaba viendo truncadas sus expectativas, incumpliendo todas o algunas de esas promesas.
Imaginemos por un momento la siguiente historia:
El sujeto E. se encuentra en una situación económica bastante precaria; para intentar salir del atolladero arrienda una valiosa finca familiar que heredó de sus padres al sujeto M.R., y este como es lógico, se comPROMETE a pagarle una cantidad de dinero al mes. La cantidad de dinero que han fijado en el contrato de arrendamiento es bastante elevada, superando con creces las expectativas del propietario E., el cual, aliviado por el acuerdo al que han llegado empieza a divisar una salida a su difícil situación económica.

Trascurrido un mes desde la firma de dicho pacto, E. recibe la siguiente llamada:


  photo credit: mariateresat. via photopin cc

-Buenos días... ¿está E.? 
-Sí, soy yo... ¿Quién es? 
-Hola mira soy M.R. tu inquilino. 
-Ah sí, ¿qué tal? dime. 
-Escucha no voy a poder pagarte la cantidad que pactamos; resulta que el aumento de sueldo que me prometió mi superior no era muy cierto que digamos. 
-¡¿Cómo dices?! 
-Pues eso, que esperaba ese aumento de sueldo y me mintieron. Lo siento no es culpa mía, me es imposible pagarte lo que acordamos. 
-Deberíamos quedar entonces para re-negociar el contrato o cancelarlo... vamos creo yo. 
-¿Qué te parece si rebajamos la renta mensual en un cuarenta por ciento? 
-¡¡Pero si eso es casi la mitad!!... pienso que lo mejor es que quedemos y lo hablemos. 
-Yo creo que es una buena oferta...bueno mira, ya quedaremos si eso y lo hablamos en otro momento ¿de acuerdo?.Te tengo que dejar que me reclaman. 
-Pero... ¡Oye!... 

Tras colgarle el teléfono, E. jamás pudo contactar de nuevo con M.R., el cual seguía ocupando la finca además de no pagar ni si quiera un solo céntimo de la renta pactada.
Nuestro sistema jurídico goza de determinadas normas para evitar estos abusos, en este sentido el código civil establece que Si el arrendador o el arrendatario no cumplieren las obligaciones expresadas en los artículos anteriores, (entre dichas obligaciones está la del pago del precio convenido por parte del arrendatario.) podrán pedir la rescisión del contrato y la indemnización de daños y perjuicios, o sólo esto último, dejando el contrato subsistente. 
Finalmente, y gracias a las vías legales y judiciales existentes, E. pudo recuperar su preciada finca familiar.

Por suerte existe una regulación que permite atajar estos problemas, y el arrendador posee mecanismos legales y jurisdiccionales para impedir ciertas injusticias.

Pues bien, lo que no es muy comprensible es que sí exista una regulación que evita abusos como el que acabamos de ver, y no exista una regulación para el caso de incumplimiento de programas electorales, donde el afectado no es un solo arrendador, (no me malinterprete el lector, hago referencia a este caso individualizado; es cierto que existen en la realidad miles de casos de impagos de renta) si no millones de personas que arrienda su confianza y esperanzas en un partido que promete sacarles del atolladero.
No puedo llegar a entender como es posible que un partido político proponga en su programa electoral no subir los impuestos, no recortar en pensiones, sanidad y educación; y luego haga todo lo contrario.

"¿Como que no lo entiendes?,¡¡Les mintieron!!, el agujero que se encontraron fue mucho mayor del que les habían dicho, la situación estaba más negra de lo que se esperaba, se vieron obligados, no había otra."


Pues si les mintieron, si no había otra,  lo más honesto hubiera sido salir a la palestra el mismo día en que se conoció el verdadero pastel, haber informado al pueblo y posteriormente haber convocado nuevas elecciones con el nuevo programa de recortes y subidas impositivas; programa donde quedara reflejado lo que realmente iban hacer ante la verdadera situación económica. Eso hubiese sido lo honesto y lo correcto, pues la confianza y las esperanzas que el pueblo había depositado en las urnas se basaban en un programa electoral que no podía cumplirse.
El pueblo debe tener derecho a votar con la tranquilidad de saber que lo que está votando es conforme a lo que se le ha "vendido" en campaña electoral.


















photo credit: M. Martin Vicente via photopin cc 

Es por esto por lo que debería existir un mecanismo legal, con su correspondiente institución que controle y vincule al partido vencedor en unas elecciones, a cumplir la mayoría de su programa electoral, (no seré yo quien se aventure a decir que porcentaje del programa, pero si en su mayoría) y por su puesto pueda retirarle la confianza "viciada" del electorado convocando unas nuevas elecciones.
También es cierto que tenemos la cuestión de confianza y la moción de censura como mecanismos de control al gobierno, pero es de sobra sabido que dichos mecanismos quedan inertes en situaciones de mayoría absoluta parlamentaria.

"De todas formas, es el partido elegido de forma democrática por todos los ciudadanos, es el partido que tiene la legitimidad de las urnas."


photo credit: formatbrain via photopin cc 

Claro que la tiene, con mayoría absoluta y de forma legítima ("legítimo/ma: Del latín legitĭmus. Conforme a las leyes." Claro que es conforme a estas, por que no existe ninguna que evite dicha situación.) pero...¿en base a qué promesas?. El arrendador de nuestra historia también arrendó su valiosa finca familiar en base a la promesa del pago de un precio cierto. Otorgó su consentimiento y puso su confianza en M.R. pero... ¿debía quedarse el arrendatario en la finca sin pagar lo prometido en el contrato hasta que expirase la duración del mismo?
Tal vez haya quien piense que sí, ya que le mintieron y no le subieron el sueldo, por lo tanto "no había otra."

En definitiva, no creo que llegue a regularse ningún mecanismo de control que evite tales abusos, aunque ojala me equivoque.






jueves, 25 de abril de 2013

De padres a hijos.(Tasas judiciales)

Generalmente los hijos toman como referente el ejemplo de sus padres, digo generalmente porque no siempre es así, y a veces los hijos siguen un camino totalmente opuesto al mostrado por sus progenitores; veamos un ejemplo:


El 28 de octubre de 1986, en el Congreso de los Diputados se celebró la sesión de la comisión de justicia e interior en la que quedó aprobado por un amplio consenso de la cámara el proyecto de ley que suprimía las tasas judiciales.
En esta sesión uno de los diputados perteneciente a la antigua formación política Coalición Popular, hizo las siguientes afirmaciones:

"Estamos en el buen camino. Queremos una justicia gratuita." 

Es evidente que este diputado, jurista de reconocido prestigio,  abogaba por una justicia más accesible para todos, gratuita y exenta de tasas.
Veintiséis años después se implanta una nueva ley de tasas judiciales; ley que ha sido impulsada y defendida por el Ministro de Justicia Don Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.
De esta nueva ley debo destacar que la cuantía de las tasas no varía en función de la capacidad económica del litigante, esto supone que la tasa a pagar ante procedimientos de idéntica naturaleza y cuantía, es la misma para un litigante de clase media que para uno de clase alta.
He aquí un claro ejemplo en el que el  Ministro de Justicia  ha decidió seguir un camino diferente al que tomó su progenitor, Don José María Ruiz Gallardón, aquel 28 de octubre de 1986.

Y digo yo, ¿tanto le costaba seguir el buen camino marcado por su padre?


Por cierto:










Bienvenidos.

Bienvenidos al blog "El sueño de los justos", un blog donde se tratarán temas relacionados con la sociedad en la que nos ha tocado vivir, la justicia, el derecho y alguna que otra banalidad. 
Un blog dedicado a la información y el entretenimiento, un blog para todos los públicos.
Es mi deseo que el lector pueda disfrutar con todo lo que aquí se cuente, relate o publique; como también lo es el poder dedicarle el tiempo necesario para que se mantenga "vivo", pues es bien sabido que dicha tarea requiere cierta dedicación y constancia.
En definitiva espero que sea de vuestro agrado.