Según el Instituto Nacional de Estadística, en el año 2012
había en nuestro país 22.938 personas sin hogar, de las cuales 18.425 eran
hombres y 4.513 mujeres.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, recogió en 30 artículos los derechos considerados como básicos, entre ellos el derecho a la vivienda.
Dice el artículo 25.1 de la DUDH que Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure,
así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación,
el vestido, la vivienda, la
asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a
los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros
casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias
independientes de su voluntad.
Nuestra Constitución Española de 1978 también recoge este derecho a la vivienda en su artículo 47, el cual establece que Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
Si esto es así, ¿Cómo es posible que exista tanta gente sin
hogar?, es más ¿Cómo es posible que exista gente sin hogar?
Independientemente de la valoración u opinión que tengamos sobre la conveniencia o no de los muchos desahucios que se están produciendo en nuestro país, parece claro que existen instrumentos jurídicos suficientes para exigir a los poderes públicos el acceso a una vivienda digna. Digo “parece”, porque esta es la opinión mayoritaria que posee el ciudadano de a pie.
Sin embargo, no debemos llevarnos a engaño, la Declaración
Universal de los Derechos humanos sirve para orientar las políticas
legislativas de los diferentes países que la han ratificado, es decir, que originariamente
no es ni directa, ni jurídicamente vinculante. Cada país le dará en derecho
interno el valor o la fuerza que estime pertinente, pudiendo hacerla vinculante
en su totalidad, o de forma parcial.
En España, la Constitución considera la DUDH como un simple medio
de interpretación de los derechos constitucionales (Léase el artículo 10.2 de
la misma).
No obstante todavía puede haber quien piense que la Constitución Española, norma suprema de nuestro ordenamiento jurídico, vinculante para todos los ciudadanos y poderes públicos, sí reconoce el derecho a la vivienda, y por tanto debería garantizarse el acceso a la misma para todos y cada uno de los españoles.
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Desgraciadamente esto no es así, ya que este derecho a la vivienda del artículo
47 de la Constitución se encuentra ubicado dentro de un capítulo tercero
(concretamente el Capítulo III del Título I) denominado “de los principios rectores de la política social y económica”, y es
la misma constitución la que establece que El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios
reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la
práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con
lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
Esto quiere decir que el derecho a la vivienda digna no
podrá ser exigido y reclamado judicialmente a los poderes públicos hasta que "nuestra
clase política" lo plasme de forma real en una ley; hasta entonces solo será una
mera ilusión, un espectro esperando materializarse en un verdadero derecho que
de protección a esas casi treinta mil personas que viven en nuestro país sin un
techo bajo el que cobijarse.
Aunque una parte de la sociedad pueda tener una idea
equivocada acerca de nuestros derechos y nuestro sistema jurídico, el lenguaje
popular no se equivoca al afirmar que, hecha
la ley hecha la trampa.
Pues PABLO P.hoy mismo el diario EL PAÍS da a conocer la cifra de desahucios de 2012: 32.490, de los cuales 2.405 lo fueron con intervención policial.Justo anoche publicaba algo al respecto en mi blog,acerca de que recien ahora OLLI REHN,se da cuenta que hay que rectificar el rumbo de la UE para no seguir cometiendo errores.
ResponderEliminarCordiales saludos y felicitaciones por tu blog.
Los poderes públicos todavía siguen los dictados de los mercados financieros, ya que crean la base de su carrera política (piensa en quien financia las campañas electorales de los partidos más representativos). Quiero pensar que poco a poco, con la presión social y la empatía humana los políticos se iran dando cuenta de que su cometido es el interes social y servir al pueblo, no al dinero.(aunque tal vez soy muy optimista).
ResponderEliminarEn cuanto a los desahucios, si te fijas en mi entrada hablo de personas sin hogar y no de desahuciados, por que también es verdad que cuando tiran a alguien de su casa, en muchos casos hay familiares o amigos que acogen a esas personas.(de ahí que la cifra de los sin techo sea menor que la de los desahuciados)
Muchas gracias por tu opinión.
Un saludo, y felicidades también por tu blog.
Beatriz hay que leer la noticia entera, el titular normalmente induce a equívoco: "Según los datos recogidos por el Banco de España, 2.405 familias habrían sido desahuciadas de sus hogares durante 2012. En 355 de estos casos, además, “se requirió la intervención de la fuerza pública”, detalla."
ResponderEliminarMe ha gustado tu post Pablo, llevas toda la razón, de hecho en España no hay ninguna norma que establezca que la vivienda familiar (no la habitual de cada uno) es inembargable.
Por otro lado, eso de los mercados financieros a los que aludes suena a teoría de la conspiración. Los mercados financieros y los bancos no son lo mismo, y si no los diferenciamos conseguimos lo que probablemente pretender, confundir.
Un abrazo! Paco.
Si, es un error terminológico.
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